El gobierno de la nación ha publicado hoy una Orden por la que se flexibilizan ciertas restricciones derivadas de la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus a pequeños municipios que aún se encuentran en la Fase 0 o 1, en concreto a los que tienen menos de 10.001 habitantes.
En virtud de esta Orden, y en lo que a nosotros respecta, hay que tener en cuenta lo siguiente:
- Desde el día de hoy, 22 de mayo, el aforo de las iglesias será del 50%, que se deberá publicar en un lugar visible a la entrada del templo.
- Igualmente, la participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de veinticinco personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el sacerdote para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.
- Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo, en cada momento, de veinticinco personas en espacios al aire libre o quince personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.
Todas estas disposiciones se aplican, como queda dicho, desde hoy, 22 de mayo, en las parroquias situadas en núcleos con una población inferior a 10.001 habitantes, es decir, todos excepto la ciudad de Soria.